domingo, 20 de septiembre de 2020

¿Uso obligatorio de mascarillas? (José Martí)

 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO



Miércoles 10 de junio de 2020, Núm. 163 Sec I, pág 38737



CONSIDERACIONES en torno a los dos primeros apartados del artículo 6 de este BOE:


1. La obligatoriedad, para personas de 6 años en adelante, con relación al uso de mascarillas SUPONE:

Apartado a). Se habla de vía pública y de cualquier espacio cerrado de uso público o abierto al público. Se habla incluso de espacios al aire libre ... PERO se indica a continuación que eso sería ...

¡SIEMPRE QUE NO RESULTE POSIBLE GARANTIZAR EL MANTENIMIENTO DE UNA DISTANCIA DE SEGURIDAD INTERPERSONAL DE, AL MENOS, 1,5 METROS!

Observación: La consecuencia lógica, por evidente, es que en los paseos en solitario, al aire libre, etc... en donde está asegurado el mantenimiento de la distancia de seguridad ... ¡no sería obligatorio el uso de la mascarilla! Es decir, es posible caminar tranquilamente, sin mascarilla, pues no se está cerca de ninguna persona y no se puede contagiar a nadie ni ser contagiado. Ergo,  procediendo así no se estaría transgrediendo la ley; no habría infracción así como tampoco sanción con multa de hasta 100 euros (como se indica en el apdo 2 de esta sección del BOE)

Apartado b) En vehículos privados de hasta 9 plazas, incluido el conductor, no es obligatorio el uso de mascarilla ... ¡si los ocupantes conviven en el mismo domicilio! El ejemplo típico, no exclusivo, es el de una familia normal: padres, hijos, hermanos, abuelos, etc... O bien, amigos que vivan el el mismo piso, etc ... Y, por supuesto, si uno va solo conduciendo sería absurdo que llevara mascarilla. Si se va en una embarcación no será necesario que la persona que está dentro de su camarote lleve mascarilla. Sólo se pone la condición de que si se sube al exterior de la embarcación, es necesario que haya una distancia interpersonal de 1,5 metros o más. Si eso ocurre, se puede ir tranquilamente, sin mascarilla por la superficie de la embarcación, sabiendo que no se está incumpliendo la ley.  

2. La obligación contenida en el apartado 1 NO ES EXIGIBLE EN LOS SIGUIENTES CASOS:

a) Personas que presentan algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria (como enfermedades isquémicas del corazón, asma, rinitis alérgica crónica, etc...)
b) Personas con algún tipo de discapacidad sin autonomía para quitarse la mascarilla
c) Personas que sufran alteraciones de conducta importantes cuando llevan puesta la mascarilla
d) En el caso de ejercicios de deporte individual al aire libre (aquí puede incluirse cualquier tipo de deporte). 

NOTA1: Hay personas que tienen problemas de corazón y que necesitan ANDAR, CON CIERTO RITMO, al menos, una hora. Eso también es considerado como deporte. Tales personas no deben ponerse la mascarilla.

NOTA2. Con relación a las personas con algún tipo de enfermedad respiratoria, al no darse aquí ningún consejo, he mirado en la Junta de Sanidad de Castilla y León, donde dice: Sanidad publica la norma que regula la exención del uso obligatorio de mascarilla en Castilla y León. Ahí se puede leer (resumiendo): Con el fin de que estas personas puedan acreditar ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad una especial situación que las exime del uso de mascarilla sin necesidad de recabar justificante o informe médico, será suficiente, a partir de ahora, una declaración responsable firmada por la propia persona que presenta la causa de exención o por sus tutores legales. Hay que recalcar e insistir que disponer de este documento no liberará de las responsabilidades que pudieran exigirse por la inexactitud o falsedad de la declaración.

José Martí

Mascarilla: Así se utiliza en otros países de Europa

UH NOTICIAS / INTERNACIONAL

15 de Septiembre de 2020

El uso de la mascarilla se ha generalizado en todo el mundo, aunque hay diferencias en su modo de empleo en los diferentes países. El especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública, Joan Carles March, explica que España ha sido más restrictiva en la utilización de la protección facial que otros países.

«En todos los países europeos se ha trabajado con la 3 M, aunque las mascarillas no han sido obligatorias tanto como en España».

En este sentido, explica que «de la misma manera que algunos países del este de Europa (como República Checa o Bulgaria) han impuesto el uso de mascarillas en cualquier espacio público cerrado para toda su población, entre los países de Europa occidental la política más extendida es una recomendación u obligación del uso para toda la población (excepto niños pequeños) de mascarillas higiénicas o cualquier pieza textil que cubra nariz y boca, pero restringida al transporte público y/o espacios cerrados (por ejemplo, locales comerciales)».

No obstante, puntualiza que 

«países como Noruega, Suecia o Dinamarca no recomiendan el uso de mascarillas de forma generalizada entre su población, sino que promueven otras medidas como las de distanciamiento físico».

En el caso concreto de Alemania, la norma impone el uso de la mascarilla solo en espacios cerrados y en medios de transporte, y actualmente, con el regreso a las aulas de los estudiantes se está debatiendo la utilización de esta medida en los colegios.

En Francia, su uso se hizo obligatorio desde el 20 de julio para cualquier persona mayor de 11 años en lugares públicos cerrados. Acaba de aprobar también que las empresas las suministren de forma gratuita a sus empleados.

Reino Unido amplió el uso de esta protección a finales de julio al interior de las tiendas, supermercados y otros espacios cerrados.

En Portugal, la isla de Madeira, ha sido la primera en imponer la obligación de llevarla tanto en espacios cerrados como al aire libre desde comienzos de agosto.

Italia decidió imponer el pasado fin de semana la obligatoriedad de utilizar mascarillas, también al aire libre, desde las seis de la tarde a las seis de la mañana en todo el país, «cuando exista el riesgo de que se produzcan aglomeraciones».

Caso aparte es el de Suecia, donde las autoridades siguen sin recomendar el uso de mascarillas al entender que falta evidencia sobre su eficacia para contener los contagios.

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